La Ley de protección al empleado consciente
"Ley de protección del denunciante"

La ley de New Jersey prohíbe que los empleadores tomen medidas de represalia contra todo empleado que haga lo siguiente:

  1. Divulgue o amenace con divulgar, ya sea a un supervisor o a una agencia pública toda actividad, directriz o norma del empleador o de cualquier otro empleador con el que exista una relación de negocios y que el empleado tiene motivos fundados para pensar que violan alguna ley, o en el caso de un trabajador licenciado o certificado de la salud y que tiene motivos fundados para pensar que se trata de una manera inadecuada de atención al paciente;
  2. Facilite información o preste testimonio ante cualquier agencia pública que conduzca una investigación, audiencia o indagación sobre la violación de alguna ley, regla o reglamento que el empleador o algún otro empleador con el que exista una relación de negocios; o en el caso de un trabajador licenciado o certificado de la salud que facilite información o preste testimonio ante cualquier agencia pública que conduzca una investigación, audiencia o indagación sobre la calidad de la atención al paciente; o
  3. Se opone o se niega a participar en alguna actividad, directriz o práctica que el empleado tiene motivos fundados para pensar que:
    1. viola alguna ley, o regla o reglamento que dicta la ley o en el caso de un empleado licenciado o certificado de la salud que tiene motivos fundados para pensar que se trata de la atención inadecuada al paciente;
    2. es fradulenta o delictiva; o
    3. es incompatible con algún mandato establecido por las directrices públicas relacionadas con la salud pública, la seguridad o el bienestar o la protección del medio ambiente. Artículo 34:19-3 de las Leyes comentadas de New Jersey de protección del empleado consciente (N.J.S.A., por sus siglas en inglés)

Rutgers, The State University of New Jersey (su empleador) ha nombrado a la siguiente persona para que se ponga en contacto con este si tuviera alguna pregunta y ofrecerle información adicional relacionada con sus derechos y responsabilidades según lo indica esta ley:

Harry Agnostak
Assistant Vice President, Human Resources
Rutgers, The State University of New Jersey
57 US Highway 1
New Brunswick, New Jersey 08901-8554
732-932-3020, ext. 4040